jueves, 18 de abril de 2024

¿Qué supone para la población de Elda y Petrer el cierre perimetral?

Marta Ortega
6 noviembre 2020
18.248
¿Qué supone para la población de Elda y Petrer el cierre perimetral?
Esta medianoche entra en vigor las restricciones de movilidad.

La implantación del confinamiento perimetral de Elda-Petrer como un único núcleo urbano genera dudas a la población sobre qué supondrá en el día a día. Este confinamiento se prolongará hasta el 20 de noviembre y permite a la población moverse entre ambos municipios sin restricciones, pero para salir y entrar desde otras localidades, habrá que llevar un justificante.

La resolución que activa estas medidas entra en vigor esta medianoche y tiene un periodo de duración de 14 días naturales. Estas medidas no incluyen el confinamiento en casa.

Límites de la población de Elda y Petrer | Instituto Cartográfico de Valencia.

¿Qué puedo hacer en Elda y Petrer?

  • Acudir a bares y restaurantes, pero el aforo de estos se mantiene en un tercio en su interior, sin poder utilizar la barra y en las terrazas se puede ocupar hasta un 50% del espacio.
  • No se puede ir a la playa, campo, hotel o a una segunda residencia fuera de Elda o Petrer.
  • Se puede ir a mercadillos, que tienen un aforo del 50%.
  • Los espacios de culto se mantienen abiertos pero su aforo pasa a ser del 30%.
  • Se suspende la actividad de discotecas, salas de baile, karaokes y bares de copas así como las actuaciones de canto en establecimientos de restauración y hostelería.
  • No se permiten los servicios tipo bufet.
  • Los entierros, bodas, bautizos y comuniones reducen su aforo, 25 personas en espacios abiertos y 15 en espacios cerrados.
  • Se puede continuar yendo de compras, pero el aforo de todos los establecimientos se reduce al 50%.
  • Los menores pueden ir a parques infantiles al aire libre con un aforo a la mitad, si bien los juegos infantiles siguen cerrados.
  • Las reuniones sociales en casa o cuartelillos tienen que ser con un máximo de seis personas, si bien se pide a la población que evite al máximo las mismas y que solo se reúnan si es imprescindible.
  • Los hoteles y hostales siguen abiertos. Sus zonas comunes y los alojamientos turísticos no pueden superar un tercio de su aforo.
  • Los locales de juego y apuestas tendrán un aforo de un tercio.
  • Academias, autoescuelas y centros de enseñanza no reglada tendrán el aforo al 50% y en las prácticas de conducir no puede haber más de dos personas por fila de asientos y siempre deben usar mascarilla.
  • Las visitas a los centros de mayores y personas con discapacidad serán con cita previa y los centros pueden suprimirlas.
  • Se puede hacer deporte como correr o ir en bicicleta al aire libre máximo seis personas en los términos municipales Elda y Petrer.
  • Ir a los centros educativos, si la gente es de fuera debe mostrar como justificante la matrícula.
  • No se puede fumar en la vía pública.
  • No salir de casa de 00 a 06 horas.

Diferencia entre Elda y Petrer

  • En Elda el teatro y los espacios culturales están cerrados. En Petrer no, pero su aforo se ha reducido a un 25% y el púbico siempre debe estar sentado.
  • En Elda, acudir al Museo Arqueológico o al del Calzado necesita cita previa; en Petrer el aforo de su Museo está reducido al 25% del aforo.
  • En Elda la piscina cubierta está cerrada, la de Petrer está abierta con un aforo de un tercio. 
  • En Elda las instalaciones deportivas están abiertas para eventos federados, pero no se pueden usar las duchas y quedan suspendidos todos los entrenamientos y competiciones de deportes para menores hasta la categoría alevín (inclusive), mientras que en Petrer se ha suspendido toda la agenda deportiva en instalaciones municipales.
  • En Elda no se podrán utilizar las zonas comunes de las instalaciones municipales como salas multiusos, gimnasios, salas de prensa, etc.
  • En Elda se cierran las bibliotecas, en Petrer están abiertas con un aforo de un 50%.

¿Cuáles son las excepciones para salir y entrar?

  • Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  • Cumplimiento de obligaciones laborales, institucionales o legales.
  • Asistencia a centros educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
  • Retorno al lugar de residencia habitual.
  • Asistencia a personas dependientes.
  • Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.
  • Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
  • Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
  • Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables. Se incluye deportes federativos, los jugadores deben llevar como salvoconducto la ficha federativa.
  • Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad. Cualquier otra actividad de similar debidamente acreditada.

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