¿Qué supone para la población de Elda y Petrer el cierre perimetral?

La implantación del confinamiento perimetral de Elda-Petrer como un único núcleo urbano genera dudas a la población sobre qué supondrá en el día a día. Este confinamiento se prolongará hasta el 20 de noviembre y permite a la población moverse entre ambos municipios sin restricciones, pero para salir y entrar desde otras localidades, habrá que llevar un justificante.
La resolución que activa estas medidas entra en vigor esta medianoche y tiene un periodo de duración de 14 días naturales. Estas medidas no incluyen el confinamiento en casa.

¿Qué puedo hacer en Elda y Petrer?
- Acudir a bares y restaurantes, pero el aforo de estos se mantiene en un tercio en su interior, sin poder utilizar la barra y en las terrazas se puede ocupar hasta un 50% del espacio.
- No se puede ir a la playa, campo, hotel o a una segunda residencia fuera de Elda o Petrer.
- Se puede ir a mercadillos, que tienen un aforo del 50%.
- Los espacios de culto se mantienen abiertos pero su aforo pasa a ser del 30%.
- Se suspende la actividad de discotecas, salas de baile, karaokes y bares de copas así como las actuaciones de canto en establecimientos de restauración y hostelería.
- No se permiten los servicios tipo bufet.
- Los entierros, bodas, bautizos y comuniones reducen su aforo, 25 personas en espacios abiertos y 15 en espacios cerrados.
- Se puede continuar yendo de compras, pero el aforo de todos los establecimientos se reduce al 50%.
- Los menores pueden ir a parques infantiles al aire libre con un aforo a la mitad, si bien los juegos infantiles siguen cerrados.
- Las reuniones sociales en casa o cuartelillos tienen que ser con un máximo de seis personas, si bien se pide a la población que evite al máximo las mismas y que solo se reúnan si es imprescindible.
- Los hoteles y hostales siguen abiertos. Sus zonas comunes y los alojamientos turísticos no pueden superar un tercio de su aforo.
- Los locales de juego y apuestas tendrán un aforo de un tercio.
- Academias, autoescuelas y centros de enseñanza no reglada tendrán el aforo al 50% y en las prácticas de conducir no puede haber más de dos personas por fila de asientos y siempre deben usar mascarilla.
- Las visitas a los centros de mayores y personas con discapacidad serán con cita previa y los centros pueden suprimirlas.
- Se puede hacer deporte como correr o ir en bicicleta al aire libre máximo seis personas en los términos municipales Elda y Petrer.
- Ir a los centros educativos, si la gente es de fuera debe mostrar como justificante la matrícula.
- No se puede fumar en la vía pública.
- No salir de casa de 00 a 06 horas.
Diferencia entre Elda y Petrer
- En Elda el teatro y los espacios culturales están cerrados. En Petrer no, pero su aforo se ha reducido a un 25% y el púbico siempre debe estar sentado.
- En Elda, acudir al Museo Arqueológico o al del Calzado necesita cita previa; en Petrer el aforo de su Museo está reducido al 25% del aforo.
- En Elda la piscina cubierta está cerrada, la de Petrer está abierta con un aforo de un tercio.
- En Elda las instalaciones deportivas están abiertas para eventos federados, pero no se pueden usar las duchas y quedan suspendidos todos los entrenamientos y competiciones de deportes para menores hasta la categoría alevín (inclusive), mientras que en Petrer se ha suspendido toda la agenda deportiva en instalaciones municipales.
- En Elda no se podrán utilizar las zonas comunes de las instalaciones municipales como salas multiusos, gimnasios, salas de prensa, etc.
- En Elda se cierran las bibliotecas, en Petrer están abiertas con un aforo de un 50%.
¿Cuáles son las excepciones para salir y entrar?
- Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- Cumplimiento de obligaciones laborales, institucionales o legales.
- Asistencia a centros educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
- Retorno al lugar de residencia habitual.
- Asistencia a personas dependientes.
- Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.
- Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
- Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
- Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables. Se incluye deportes federativos, los jugadores deben llevar como salvoconducto la ficha federativa.
- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad. Cualquier otra actividad de similar debidamente acreditada.
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